Por todos los antes expuesto, y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA medida cautelar al imputado IDELFONZO SEGUNDO DE LA HOZ VERA, antes identificado, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 eiusdem, en perjuicio de la víctima VERA DE LA HOZ CIRA BERTHA, de conformidad con el artículo 92, numerales 7 y 8 de la referida Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 87, numeral 3 eiusdem. Ofíciese lo conducente al Reten Policial de San Carlos de Zulia y al Tribunal Penal de Ejecución de .....