Este Tribunal Primero en Función de Control, Audiencia y Medidas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se califica el Tipo penal de VIOLENCIA SEXUAL en grado de tentativa, previsto y sancionado en el artículo 43 en su encabezado y de la Ley Orgánica del Derecho a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, concatenado con el artículo 80 en su primer aparte del Código Penal, perpetrado al parecer por el ciudadano imputado: JOSE MARTIN DIAZ ANDRADE, Titular de la Cédula de Identidad Nº E- 83098303, nacionalidad Colombiana, Natural de TIbu Norte de Santander COLOMBIA, nacido en fecha 21-01-1983, 29 años de edad, y de oficio: Comerciante, Estado Civil: Soltero, con domicilio en: CALLE CANTAURA CARRERA 18, CASA 99-1, SECTOR CENTRO DETRÁS DEL INSTITUTO POLITECNICO SANTIAGO MARIÑO, MATURIN ESTADO MONAGAS, TELEFONO: 0414-0913600 en perjuicio de la Ciudadana víctima PAOLA ESTEFANI ECHEVERRIA MARACAY (datos de.....