SIN LUGAR la Acción de Disconformidad contra las medidas de protección dictadas en fecha 02 de febrero de 2010, por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Maracaibo, a favor del adolescente Nombre omitido; intentada por el ciudadano Hugo Enrique Guerrero Mogollón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.113.305, asistido por la Defensora Pública Décima Quinta (15ª) abogada Violeta Echeto Más y Rubí; en consecuencia:
RATIFICA las medidas de protección dictadas en fecha 02 de febrero de 2010 por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Maracaibo.
INSTA al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Maracaibo, a revisar las medidas de protección dictadas en fecha 02 de febrero de 2010, a favor del adolescente Nombre omitido, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la LOPNNA (2007), a los fines de evaluar, con su autonomía funcional, si las circunstancias que l.....