Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO interpuesta por la ciudadana LUCELIA DEL CARMEN RODRÍGUEZ DE BARBOZA, en contra del ciudadano RAFAEL SEGUNDO BARBOZA FRANCO, antes identificados, y en consecuencia:
PRIMERO: Se mantiene vigente el vínculo conyugal contraído por las partes ante la Prefectura del Municipio General Manuel Manrique, Distrito Bolívar del Estado Zulia, hoy Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia.-
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber sido vencida en esta instancia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-