JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: CON LUGAR, la demanda de COBRO DE BOLÍVARES, incoada por la Sociedad Mercantil TRASNPORTE SALAS MARÍTIMO, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil MATERIALES MÚLTIPLES, C.A., todos plenamente identificados; en consecuencia se condena a la parte demandada y perdidosa a pagar:
PRIMERO: La cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SIETE BOLÍVARES CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (Bs.58.407,27), por concepto de capital adeudado, con su respectiva indexación, por lo que una vez que quede definitivamente firme el presente fallo, se ordena oficiar al Banco Central de Venezuela, para el cálculo correspondiente.
SEGUNDO: La cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.439.672,94), por concepto.....