Este Tribunal luego de verificar que desde el día 22 de Enero de 2009 (fecha de la única audiencia efectiva) hasta el día 10 de Febrero de 2009, transcurrieron Once (11) Audiencias, y NO se había reanudado el JUICIO ORAL Y PUBLICO, lo procedente y ajustado a Derecho es DECLARAR INTERRUMPIDO el mismo, a tenor del artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Haciendo la consideración especial, que como quiera igualmente, no se evacuó ningún órgano probatorio, este Tribunal no tiene motivo alguno para INHIBIRSE en razón de que sólo se realizó la APERTURA de ley.-
En consecuencia fíjese nueva fecha para el JUICIO ORAL Y PÚBLICO, de manera Unipersonal, tal como estaba concebido, el cual será el LUNES 27 DE ABRIL DE 2009 a las 09:30 horas de la mañana, fecha ésta tomando en consideración que la ciudadana acusada se encuentra en estado de gravidez con fecha inminente de parto y a solicitud de la Defensa