DECISIÓN
Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, éste Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1°) HOMOLOGA el acuerdo transaccional celebrado entre los accionantes JUANA SUSANA BUSTAMANTE MORALES, CARMEN EDITH JIMÉNEZ VIDES, FANY MARÍA ALDANA DE ALDANA y TONY JAVIER PÉREZ MONTILLA en contra de la ARQUIDIÓCESIS DE MARACAIBO y de C.E.I.P NUESTRA SEÑORA DE POMPEYA, en virtud del acuerdo transaccional celebrado ante éste JUZGADO SUPERIOR como medio de autocomposición procesal. 2º ORDENA la remisión del expediente al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines legales subsiguientes. 3° NO HAY CONDENATORIA en costas procesales.-