DECLARA a la ciudadana DARLIS LEONOR COMBARIZA MENGUAL DE PARRA, en su condición de cónyuge, a los ciudadanos DEIVIS RAFAEL Y DAYANA DEL CARMEN PARRA ROSAS y a la adolescente DAYERLINE DE LOS ANGELES PARRA RIOS en su condición de hijos, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano DAVID SEGUNDO PARRA GUERRERO, quien era venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.829.131, según acta de defunción N° 285 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
¿ Se ordena devolver originales y copias certificadas solicitadas.
Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando previa certificación en actas por secretaria.-
Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría.
Dada, firmada y sellada en la Sala N° 1 del Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a l.....