III.-Por los fundamentos expuestos:
Este Juzgado DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJA Y ROSARIO DE PERIJA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ISABEL DEL CARMEN INCIARTE LUGO y RAMON ANTONIO ARTEAGA HERNANDEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.930.424 y 7.689.500, domiciliados en el Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, asistidos por la abogada en ejercicio NELLY BRAVO DE GUARIATO, portadora de la cédula de identidad No. 7.625.327, Inpreabogado No. 40.716, y en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día SIETE (07) de Marzo del año mil novecientos ochenta y seis (1.986), por ante la Prefectura del Municipio Libertad del Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, todo de conformidad con el artículo 1.....