DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE DETENCIÓN PARA ASEGURAR LA COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR, de conformidad con lo establecido en el articulo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, al ciudadano, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 458 Y 83 ambos del Código Penal Vigente, quien deberá permanecer recluido en el Programa Socio Educativo General Jose Francisco Bermúdez.- Líbrese lo Conducente. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. LILIAM LARA ANDARCIA.
LA SECRETARIA,
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