a) CON LUGAR la demanda de Modificación de Custodia, intentada por el ciudadano MERVIN ALFONSO PARRA REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.866.296, en contra de la ciudadana ESTHER XIOMARA CONTRERAS MALDONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.572.304, en relación con su hijo MERWIN JHOSE PARRA CONTRERAS, ya identificados; por lo que la custodia del niño de ahora en adelante será ejercida por su progenitor, ciudadano MERVIN ALFONSO PARRA REYES, antes idnetificado, y la patria potestad y responsabilidad de crianza de los mismos será ejercida conjuntamente por ambos progenitores de conformidad con lo establecido en el artículo 350 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
b) SE ESTABLECE un Régimen de Convivencia Familiar para la ciudadana ESTHER XIOMARA CONTRERAS MALDONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.572.304, en la forma en la que se transcribió.....