...Ahora bien, el auto dictado por este Tribunal en fecha 1-11-2.011, que ordenó la ejecución forzosa de la sentencia definitiva, se encuentra entre la clase de autos de mero tramite, de manera que el mismo solo impulsa la continuidad del Juicio, ya que no modifica los términos de lo decidido en la sentencia, ni resuelve un asunto no controvertido. En consecuencia, este Tribunal, no escucha la apelación interpuesta en fecha 4-11-2.011, por el ciudadano EDUARDO MELO CARDONA, en contra del auto dictado por este Juzgado en fecha 1-11-2.011, cursante a los folio (260-261). ASÍ SE ESTABLECE.