Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
¿ NULA la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en fecha 14 de agosto de 2009, en virtud que la misma no da cumplimiento a lo establecido en el ordinal 5º del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, esto en concordancia con lo dispuesto en los artículos 244 y 209 eiusdem.
¿ IMPROCEDENTE, la impugnación de la estimación de la demanda formulada por la representación judicial de la parte demandada.
¿ IMPROCEDENTE, la solicitud de nulidad peticionada por la representación de la demandada, por declararse valida la actuación del apoderado del actor firmante de escrito contentivo de la pretensión.
¿ IMPROCEDENTE, el pedimento formulado por la representación de la parte actora, respecto a l.....