DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA, PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Abogada RAIZA RAMÍREZ PINO, en su carácter de Fiscal (E) Cuadragésima Primera de Proceso del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, SEGUNDO: ANULA la decisión No. 396-06 de fecha 24 de Agosto de 2006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Municipio Rosario de Perijá del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. en la cual acuerda no Imponer Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado de la presente causa ciudadano MIROCLES WILMER MENDEZ BARROSO, y SOBRESEER la causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 ordinal 4° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, decl.....