IV
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha veintiocho (28) de mayo de 2014, por el abogado RAMON ORTIGOZA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS LACUSTRES COMPAÑÍA ANONIMA (COSELCA), parte demandante en la presente causa, en el juicio que por NULIDAD, incoare la sociedad mercantil antes mencionada, contra la ciudadana MARIA GIOVANNA ESPOSITO PÉREZ, previamente identificada.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión proferida por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 19 de mayo del año 2014, en el juicio q.....