Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, y, de conformidad con lo contemplado en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 12, 15 del Código de Procedimiento Civil y demás artículos mencionados en la presente sentencia, este Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario del la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y, por autoridad de la Ley declara Parcialmente Con Lugar, la demanda que con motivo de Indemnización de Daños Emergentes, Daños Morales y Lucro Cesante, tiene incoada el ciudadano VICTOR RAFAEL MEDINA ARTEAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.786.766 en contra de la empresa CEMEX VENEZUELA S.A.C.A., inscrita por ante la Oficina de Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia Civil y Mercantil del Distrito Federal en fecha 23 de Septi.....