Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MERVIN JOSÉ RINCÓN BRACHO, titular de la cédula de identidad N° V-12.696.174, actuando mediante PODER ESPECIAL, otorgado por el ciudadano LUÍS ALBERTO MALDONADO URDANETA, asistido por el Abogado en ejercicio FRANKLIN GUTIÉRREZ, contra la decisión N° S-117-09, dictada en fecha 19 de Junio de 2009, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, en todas y cada unas de sus partes.
Publíquese, y regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo, remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente al Tribunal Séptimo de Primera.....