DISPOSITIVA.-
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
CONSUMADO el modo anormal de terminación del proceso, celebrado en el juicio de Resolución de Contrato de Arrendamiento y Cobro de Cánones de Arrendamiento, seguido por el abogado en ejercicio FERNANDO LOBOS AVELLO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CENTRO MATERNO INFANTIL SANTA MARGARITA, COMPAÑÍA ANÓNIMA (CMISM, C.A.), en contra del ciudadano ARMANDO ANTONIO RUIZ MAURY, todos identifica¬dos en la parte narrativa de este fallo. Conforme a la voluntad de las partes manifestada en autos, queda Resuelto el Contrato de Arrendamiento in comento y .....