III
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
INADMISIBLE POR INFUNDADO, el Recurso de Apelación, interpuesto por el Profesional del Derecho ALFREDO HERRERA LOBO, actuando como Defensor Privado del Ciudadano WILLIAM JOSE FAYS NAZARIEGO, de conformidad con lo previsto en los artículos 432, 435, 441 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal, y el criterio contenido la Sentencia signado bajo el N° 3405, de fecha 07/11/2005, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.