V.- Decisión
En fuerza de los razonamientos expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara.
Primero: Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Iván Gómez Millán, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° 2.991.041 e inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 6.981, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil Administradora Onnis Margarita, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 02-03-2006, bajo el N° 8, tomo 10-A, (que administra el Condominio del Edificio Caribe Suites) contra la sentencia de fecha 07-05-2009 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judici.....