Decreta el procedimiento ordinario, con relación al adolescente IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, Venezolano, de diecisiete (17) años de edad, estudiante, nacido el día 16/05/1991, natural de Ciudad Ojeda, titular de la Cédula de Identidad número V- (SE OMITE), hijo de los ciudadanos (SE OMITEN), domiciliado en (SE OMITE) Ciudad Ojeda estado Zulia, para la prosecución de la presente investigación en el presente asunto, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMAS, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, a cargo de la Fiscalía Trigésima Octava del Ministerio Público.