EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR PRESTACIONES SOCIALES intentó el ciudadano DERWIN RAMIREZ en contra de la Sociedad Mercantil VIGILANTES DEL ZULIA, C.A., (ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales); 2.- SE CONDENA a la parte demandada a pagar al actor, la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS VEINTIUN BOLÍVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 1.510.321,10). 3.- Por consiguiente, se ordena a la Empresa demandada Sociedad Mercantil VIGILANTES DEL ZULIA, C.A., (cancelar el pago equivalente a la cantidad de cupones o ticket que debieron ser percibidos por el referido demandante durante la existencia de la relación, que resulten determinados en la experticia complementaria del fallo ordenada en los términos señalados.