DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el abogado JOSÉ ALFREDO RENDILES MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 284.693; asistiendo al ciudadano MANUEL URDANETA URDANETA, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.634.918, contra la decisión N° 329-2021, de fecha 18 de Marzo de 2021, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara. Así como las pruebas promovidas por el mismo.