V
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados ORLANDO OQUENDO y LARRY HERNANDEZ Z, inscritos en el Instituto de previsión social del abogado bajo los Nros. 140.089 y 134.643, actuando en su carácter de Defensores Privados de los acusados NORKIS RAFAEL MOLINA, YAKSO JESUS TORRES LA CRUZ, JESUS MARTIN ESPINA SALAS, IVAN ENRIQUE VILLASMIL, DANIEL ALBERTO MACHADO BARROSO, EUSLIN JAVIER FERRER NAVA, GIOVANNY ENRIQUE CERVERA DIAZ, RENÉ ENRIQUE PELAEZ DIAZ y ROBERT ENRIQUE ALVAREZ PAUQUE, titulares de las cédulas de identidad No. V- 10.684.601, 15.464.152, 20.440.630, 15.748.762, 7.974.082, 12.619.838, 11.872.280, 16.918.059 y 15.763.248 respectivamente;
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión registrada bajo el N° 529-17, de fecha 06 de marzo de .....