Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AMPLÍA el dispositivo establecido en la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha veinticinco (25) de Noviembre del año 2011, en los términos siguientes:
1.-) CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por el ciudadano SIMON ERNESTO PULGAR GODOY contra el ciudadano CARLOS JOSE GRATEROL ESCOBAR, antes identificados,
2.-) Se condena a la parte demandada ciudadano CARLOS JOSE GRATEROL al pago de la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (BsF 234.000,oo), que comprende el monto adeudado derivado de los documentos autenticados por ante la Notaria Pública Primera de Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del estado Zulia, de fechas 22 de Enero de 2009 y 13 de Marzo de 2009, más los Daños y Perjuicios, .....