Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PENA CUMPLIDA a favor de la ciudadana MARIA DORIS FERNANDEZ RAMIREZ, venezolana, natural de la Guajira, de 24 años de edad, soltera, de profesión u oficio domestica, titular de la cédula de identidad No. 16. 151.539, hija de Ana María Ramírez y de Francisco Fernández y residenciada el Sector Los Haticos, detrás e la Fundación Mendoza, Invasión Segunda calle, casa sin número, Maracaibo, Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el Artículo 105° del Código Penal, en concordancia con el Artículo 479 Ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECLARA.- Regístrese la presente decisión; y notifíquese a las partes.------------------------------------------------