EL FALLO.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• No conocer la regulación de competencia interpuesta por la Sociedad Mercantil PRIDE INTERNACIONAL, C.A. hoy Servicios SAN ANTONIO INTERNACIONAL, C.A, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), seguido por la Sociedad Mercantil INVERSIONES ORTIGOZA, ya identificada, en razón que las partes del presente proceso mediante actuación procesal, decidieron terminar el procedimiento mediante convenio celebrado por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, como se evidencia del oficio No. 412-16 de fecha 08 de los corrientes, remitido por dicho Juzgado (folios 25 al 34).
• SE ORDENA, la remisión del pre.....