En el día hábil de hoy, 10 de Abril de 2015, siendo las 10:01 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano DEIVI RAMON VERA TERAN en su carácter de parte actora asistida por la abogada Tatiana Muñoz y SUBWAY PLAZA DE LA REPUBLICA C.A en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial el apoderado judicial abogado Marcos Fuenmayor, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga la cantidad de catorce mil bolívares (Bs. 14.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.