en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: TERMINADO el PROCESO, incoado por la ciudadana Rosa Mónica Farah de Peralta, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.159.746, asistida judicialmente por la abogada en ejercicio Blanca González, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 28.121 contra el ciudadano Hans Ernesto Peralta, de nacionalidad dominicano, mayor de edad, titular de pasaporte No. 2005993, mediante la presente decisión, según lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.