Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del
Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por
Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la inhibición presentada por la Jueza Segunda
de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, ALBA CRISTINA BALLESTEROS GUTIERREZ, mediante acta de inhibición de fecha veintidós (22) de marzo de 2007, en la causa seguida en contra del ciudadano RICHARD ALBARRAN QUIÑONES, por considerarlo AUTOR en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y VIOLACIÒN, previstos y sancionados en los artículos 460 y 375 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos YELITZA CHAVEZ ESPITIA y JHONNY JOSÈ SUBERO, sobre la cual obra la causal de inhibición. Y así se decide.
Dada, firmada y sellada en la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Maracaibo, a los.....