Este Juzgado Decimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda, incoada por los abogados DAVID DELGADO y ARISAI ZULETA SEGOVIA en representación del ciudadano GLENIS GEROBIS RIVERO ROSQUEZ, en contra de las empresas: CRAF, S.A., LISA, S.A., y PERFORACIONES DELTA C.A.