Por los razonamientos expuestos anteriormente, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO Nº 3 DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Verificadas como han sido por esta Juzgadora las condiciones para acordar la Medida Alterna a la prosecución del proceso solicitada en audiencia oral por el acusado y su defensora privada, este Tribunal acuerda conforme lo establece el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO EN FAVOR DEL CIUDADANO LUIS EDUARDO VELASQUEZ SALAZAR, quien es de nacionalidad Venezolano, natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, fecha de nacimiento 09/11/1984, 26 años de edad, de profesión u oficio Mecánico, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-17.417.393, residenciado en Crucero Guacuco, frente al Supermercado, Central Guac.....