Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA POR INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO incoada por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA ISEA RUA en contra de los ciudadanos MINERVA DE JESÚS RUA y JOSÉ RAFAEL ISEA PINO. En consecuencia, SE ORDENA LA INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana MAYRA ALEJANDRA ISEA RUA en los Libros del registro Civil, nacida el día primero (01) de Junio del año (1980), en Jurisdicción de la Parroquia Libertad del Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, hija de los ciudadanos MINERVA DE JESÚS RUA y JOSÉ RAFAEL ISEA PINO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 7.932..678 y V- 7.637.551 y domiciliados en el Municipio Machiques de Perijá del Estado Z.....