DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: PRIMERO: Se Decreta la Aprehensión en Flagrancia de la adolescente, por ser legitima dicha aprehensión de conformidad con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO Se Decreta MEDIDA DE DETENCIÓN JUDICIAL PARA ASEGURAR LA COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR de conformidad con el Artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, a la ciudadana, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA; previsto y sancionado en el Articulo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio, quien deberá permanecer recluido en el Programa Socio-Educativo Doña Menca de Leoni a la or.....