(...) por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara en ESTADO DE EJECUCIÓN el acuerdo celebrado el 28 de Noviembre de 2007, en la presente causa de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y por efecto de lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, confiere al nombrado ciudadano PERCY OCTAVIO ROACH BAEZA, diez (10) días como lapso para el cumplimiento voluntario, contado a partir de la notificación que de este fallo se haga a la última de las partes de este proceso. Líbrense boletas y notifíquese.