IV.-DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Decimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Desafecto, formulada por la ciudadana JACQUELINE GUERRERO RUEDA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No.V-9.778.834, domiciliada en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, contra el ciudadano JOHNNY ALBERTO ALARCON PUENTES, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-9.729.610 y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha doce (12) de enero de 1989, por ante el Registrador Civil y Secretario del municipio Cacique Mara, Distrito Maracaibo del estado Zulia, hoy parroquia Cacique Mara del Municipi.....