En fecha 14-01-2008 se dicta Resolución a través de la cual se publica texto íntegro de la sentencia, donde el acusado de autos admitió los hechos, y fue condenado a cumplir la pena de Tres años y seis meses de prisión conforme a lo que preve los artículos 37, 74 ordinal 4° del código penal y 376 del código orgánico procesal penal, por el delito de ACULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en perjuicio del Estado venezolano.