Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por el ciudadano LEONARDO ANTONIO MARTÍNEZ COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.413.458, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio, ciudadana, FELÍCITA MARGARITA CASORLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 55.453, en contra de la ciudadana SURNA MARGARITA LOPEZ FALCÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.699.235, domiciliada en el Sector R-5, Barrio Inos, calle Principal, casa N°3 del Municipio Cabimas del Estado Zulia, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civ.....