En razón de las consideraciones antes expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de los ciudadanos, MIGUEL ÁNGEL CARRIZO LEÓN, NEYENBER DANIEL HERNÁNDEZ HIDALGO, ÁNGEL ALBERTO FARIA MORAN, MANUEL ALBERTO CEDEÑO CEDEÑO, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contenida en el artículo 242 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los MANUEL ALBERTO CEDEÑO CEDEÑO, ÁNGEL ALBERTO FARIA MORAN, NEYENBER DANIEL HERNÁNDEZ HIDALGO Y MIGUEL ÁNGEL CARRIZO LEÓN, referida a: 1.- 3° .....