Ahora bien, una vez realizado el análisis del esquema comparativo que antecede, advierte quien decide que efectivamente ante la provisión de las direcciones suministradas por el Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaría (SENIAT) de este Estado, se procedió a realizar la citación cartelaria de los demandados, sin hacerse agotado previamente la citación personal de éstos en las direcciones señalados por el organismo oficial antes mencionado, por consiguiente al tratarse la citación de un asunto en el cual está interesado el orden público, en razón de que tal acto de comunicación procesal garantiza la igualdad de los justiciables ante los órganos encargados de impartir justicia y con esto el derecho a la defensa de progenie constitucional, a objeto de evitar fallas que puedan anular cualquier acto procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, esta Juzgadora en resguardo del derecho a la defensa y el debido proceso de las .....