Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 10 de diciembre de 2014, por el abogado JOSÉ LORETO RIVAS FARÍA, actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano ALIRIO JESÚS FARÍA VILELA, contra la decisión dictada en fecha 02 de febrero de 2014, por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la INTERDICCIÓN solicitada por el ciudadano ALIRIO JESÚS FARÍA VILELA, contra la ciudadana EVA VICTORIA FARÍA ZALDIVAR, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada en fecha 02 de octubre de 2014, dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTAD.....