Por todas y cada una de las razones que anteceden, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo previsto en la causal 2° del artículo 185 del Código Civil y el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos ADELAIDA NELSON DE BARCELO y TORIBIO ESCOLASTICO BARCELO, previamente identificados, según se evidencia de Acta de Matrimonio celebrado por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Bolívar de la Población de Caripito, Estado Monagas el día Veintidós (22) de Octubre del año 1.956. Tal como se desprende del Acta de Matrimonio cursante en el folios Dos (02), Tres (03) y Cuatro (04) del presente expediente.-
LIQUÍDESE LA SOCIEDAD CONYUGAL.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y.....