Esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana EDDA ROSARIO CORI PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nro. V.- 14.220.728. SEGUNDO: Se AUTORIZA a la ciudadana EDDA ROSARIO CORI PACHECO, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nro. V.- 14.220.728 para que en nombre y representación de sus hijos, los adolescentes (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), de 14 y 13 años de edad, identificados en autos, realice las gestiones pertinentes ante el Registro Subalterno del Municipio donde esta ubicada la parcela N° 2, alinderado anteriormente, y cuyo documento de propiedad se da íntegramente por reproducido, tendentes SOLO a la.....