Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSÉ GREGORIO BRICEÑO PEÑA, titular de la Cédula de Identidad V.- 15.294.269, asistido por la Abogada en ejercicio ANTONIA DEL CARMEN GÓMEZ RAMÍREZ, en contra de la decisión N° 5C-967-09, dictada en fecha 17 de Julio de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, en todas y cada unas de sus partes.
Publíquese, y regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo, remítase la presente causa en la oportunidad legal correspondiente al Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judic.....