Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos GASPAR GUILLERMO HOMAR CASTILLO y KARELIS ELISSA LÓPEZ GONZÁLEZ, ambos venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-19.831.976 y V-21.358.060, respectivamente, domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia; asistidos por la abogada en ejercicio MORAIMA QUINTERO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 181.272, de igual domicilio, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día el día veintidós (22) de Mayo del año dos mil nueve (2009), por ante el Registro Civil del Municipio Cabimas del Estado Zulia, dejándose expresa con.....