Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado WILMER GIL JAIME, actuando en su condición de defensor privada del ciudadano LUIS SALVADOR VELÁSQUEZ ROSAS, contra la sentencia dictada, el 12 de enero de 2012, por la Sala nro. 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
2.- REVOCA la sentencia dictada, el 12 de enero de 2012, por la Sala nro. 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró improcedente in limine litis la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado WILMER GIL JAIME, actuando en su condición de defensor privado del ciudadano LUIS SALVADOR VELÁSQUEZ ROSAS, en primer lugar, contra la decisión del 12 de diciembre de 2011, emitida por el Juzgado Décimo de.....