´PRIMERO: ADMITIR la incidencia de inhibición presentada en fecha 31/07/2024 por la profesional del derecho Ángela Luisa González Villasmil, en su carácter de jueza adscrita al Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara, con relación al conocimiento del asunto penal signado por la Instancia con la denominación alfanumérica C03-68997-24, conforme a la causal establecida en el numeral 4° del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en el artículo 90 ejusdem. Así se decide.
SEGUNDO: ADMITIR las pruebas promovidas por la jueza en su escrito de inhibición, en atención a lo previsto en el artículo 99 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
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