Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida A PERSONAS POR IDENTIFCAR; por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRE Y EL ORDEN DE LA FAMILIA, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 318 ordinales 1° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal