Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE JUICIO, CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL, DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: Se declara CULPABLE al ciudadano PEDRO PABLO CONDEPEDRO PABLO CONDE venezolano, de 48 años de edad, de estado civil soltero, nacido en fecha 19/04/1961, titular de la Cédula de Identidad N° 6.632.140, hijo de Luisa Antonia Tocuyo (D) y Pedro Pablo Conde (D), residenciado en Sector Villavicencio Casa S/N (Frente al Simoncito), Punta de Mata Municipio Ezequiel Zamora, Estado Monagas,del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor y 277 del Código Penal vigente , EN PERJUICIO DEL Estado Venezolano y del Ciudadano WILIAM OROZCO GOMEZ, y en consecuencia s.....