DISPOSITIVA
Por todos los argumentos antes esbozados, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Zulia, se Acepta el ARCHIVO FISCAL, a favor del ciudadano DAVID PASTOR ESPINOZA GONZALEZ, de nacionalidad VENEZOLANA, fecha de nacimiento 07/02/1968, de estado civil concubino, de profesión u oficio Vigilante, titular de la cédula de identidad No. 9.638.232, hijo de los ciudadanos REIMUNDA GONZALEZ Y CARLOS ESPINOZA, con residencia en el Barrio Las Trinitarias, Calle 99G, Entre Av. 84J y 84K, N.84J-20, Maracaibo, estado Zulia, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA CONTINUADO previsto y sancionado en el Artículo 259 de la Ley Orgánica Para la Protección .....